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Consulado de Colombia en Varsovia

Información para colombianos interesados en trabajar en Polonia

Infórmate sobre tus derechos y obligaciones como emplead@ en Polonia

No pagues por trabajar

• No está permitido que las agencias de empleo o de empleo temporal polacas cobren honorarios a personas extranjeras para trabajar en empresas que operan en Polonia.

• Es indebido exigirle a la persona trabajadora que pague los costos relacionados con la obtención de un permiso de trabajo o el número PESEL (el cual es gratuito) Las tasas por la expedición de un permiso de trabajo deben ser sufragadas únicamente por el futuro empleador, quien presenta la solicitud al Voivodato (división territorial administrativa en Polonia) correspondiente para obtener el permiso para una persona extranjera determinada.

Nadie puede retener tu pasaporte

• Tu empleador no tiene derecho a retener ni guardar tu pasaporte u otro documento de identidad bajo ningún motivo. Solo puede solicitarte un documento que compruebe tu estancia legal en Polonia y mantener una copia. 

Asegúrate de contar con un permiso de trabajo válido

• Una persona extranjera puede trabajar de manera legal en Polonia solamente si cuenta con lo siguiente: 

  • Estancia legal en el territorio de Polonia (por ejemplo, a través de una visa o una tarjeta de residencia temporal)
  • Un permiso de trabajo (por ejemplo, tipo A) o un permiso de trabajo estacional (tipo S).

• Las visas de trabajo son normalmente marcadas con el símbolo 06 (emitida para realizar un trabajo sobre la base de un permiso de trabajo) o el símbolo 05b (para trabajo de temporada).

• Para la obtención de una visa de trabajo o si viajas sin visa dentro del régimen de exención (por estancia menor a 90 días), tu empleador debe proporcionarte -antes de tu viaje a Polonia- los siguientes documentos:

  • Original del permiso de trabajo emitido por el Voivodato, o Certificado de inscripción de la solicitud de permiso de trabajo estacional emitido por las autoridades regionales (cuando se trate de empleo temporal en los sectores previstos por la ley como agricultura, ganadería, alojamiento y servicios gastronómicos).

• Recuerda que si trabajas irregularmente en Polonia podrías ser sujeto a multas y expulsión por parte de las autoridades polacas (multas hasta por 5,000 PLN, obligación a dejar el país, prohibición de regresar a Polonia o países del espacio Schengen por un periodo entre 6 meses y 3 años). 

Permiso de trabajo estacional (tipo S)

• El permiso de trabajo estacional se emite al empleador por las autoridades regionales después de que ingreses al territorio de Polonia sobre la base de una visa de trabajo estacional (símbolo 05b) o bajo el régimen de exención de visas (por estancia menor de 90 días).

• Para ello, tu empleador debió haber remitido a las autoridades regionales lo siguiente:

-Copia de tu documento vigente que acredite tu derecho a permanecer en Polonia. Es decir, copia de tu pasaporte que contenga una visa de trabajo temporal o un sello con fecha de entrada bajo el régimen sin visa;

-Declaración por escrito presentada por tu empleador sobre tu solicitud para realizar un trabajo estacional, que contenga la dirección de tu residencia (alojamiento) durante tu estancia en Polonia.

• El empleador deberá entregarte un ejemplar del permiso de trabajo temporal emitido por las autoridades regionales.

• Mientras esperas tu permiso de trabajo estacional, puedes trabajar legalmente en Polonia. Dado que este proceso puede tomar tiempo, tu trabajo se considera legal desde la fecha en que el empleador presentó los documentos requeridos a las autoridades regionales, hasta la fecha de entrega de la decisión de las autoridades regionales sobre el permiso de trabajo estacional. 

Revisa con cuidado tu contrato de trabajo

• Tu empleador está obligado a celebrar un contrato por escrito contigo antes del inicio del trabajo. Esta obligación aplica no sólo al contrato de trabajo, sino también a los contratos de derecho civil (como un contrato para una tarea específica, contrato de ayuda para la cosecha, una comisión, etcétera).

• Lee atentamente y, si estás de acuerdo, firma el contrato antes de comenzar a trabajar.

• El contrato debe estar por escrito y, antes de firmarlo, presentado a la persona extranjera en un idioma que comprenda.

• El contrato debe contener la siguiente información:

-Datos sobre el empleado y el empleador (en el caso de que el empleador sea una agencia de trabajo, deberán aparecer los datos de la empresa donde trabajarás, además de los de la agencia);

-Tipo de contrato (por ejemplo, contrato de duración determinada);

-Fecha de celebración del contrato;

-Condiciones de trabajo, tales como tipo de actividades a realizar, lugar y tiempo de trabajo, remuneración por el trabajo con indicación de sus componentes, fecha de inicio.

-Al firmar el contrato, presta atención al título (contrato de trabajo, contrato de tarea específica), pues adquirirás derechos laborales (por ejemplo, derecho a vacaciones, tiempo de trabajo limitado por normas, descanso diario o semanal) sólo si estás empleado sobre la base de un contrato de trabajo. Los contratos de derecho civil (por ejemplo, contrato de trabajo específico) no te otorgarán tales privilegios.

• El empleador está obligado a proporcionarte un ejemplar del contrato de trabajo o contrato de derecho civil.

Obligaciones legales del empleador

• Tu empleador está obligado – en el plazo de 7 días - a registrarte en el seguro social y seguro de salud, y pagar las contribuciones para estos seguros, así como pagar los impuestos correspondientes.

• Tu salario debe ser pagado por lo menos mensualmente.

• La jornada laboral semanal promedio, incluyendo las horas extraordinarias, no podrá exceder de 48 horas. De lo contrario, tienes derecho a recibir tiempo libre del empleador o, si no es posible otorgarlo, el empleador debe pagarte una remuneración junto con una asignación por cada hora de trabajo extra.

• Tienes derecho a un mínimo de 11 horas de descanso ininterrumpido cada día y a un mínimo de 35 horas de descanso ininterrumpido cada semana.

• El alojamiento proporcionado por el empleador debe cumplir con las normas básicas de comodidad e higiene.

• Si ingresas a Polonia con una visa para realizar un trabajo de temporada o bajo el régimen sin visa en relación con dicho trabajo, y el empleador te proporciona alojamiento (no es obligatorio), está obligado a celebrar un acuerdo por escrito por separado contigo sobre el alojamiento y, antes de firmarlo, proporcionarte una traducción a un idioma que entiendas.

 

¿Necesitas ayuda? Puntos de Contacto en Polonia

Inspección Nacional del Trabajo de Polonia

• En caso de enfrentar problemas relacionados con el trabajo que realizas en Polonia, la Inspección Nacional del Trabajo te ofrece asistencia de las siguientes formas:

  1. Asesoramiento legal gratuito, en persona o por teléfono (y eventualmente por escrito, incluyendo correo electrónico);
  2. Recepción de queja contra un empleador que viole la ley laboral, incluyendo por medios electrónicos (e-queja).

• La información sobre los días y horarios designados para brindar asesoramiento legal y los números de teléfono en los que se brinda atención se encuentran en el sitio web de la Inspección Nacional del Trabajo: www.pip.gov.pl.

 

Centro Nacional de Intervención y Consulta para Víctimas de Trata de Personas de Polonia

¡ATENCIÓN! Puedes ser víctima de trata de personas. Es un delito grave.

• Si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones:

-Te hacen pagar por una deuda que no adquiriste;

-Han retenido tus documentos personales (por ejemplo, pasaporte);

-Te obligan a trabajar en malas condiciones, otra persona se queda con tu salario o te amenazan con no pagarte el salario que te corresponde;

-Te aseguran que no puedes renunciar; 

-No puedes moverte libremente fuera del horario laboral y tienes prohibido contactar a tu familia,

-Estás siendo chantajeado.

Contacta al Centro Nacional de Intervención y Consulta para Víctimas de Trata de Personas, gestionado por la Fundación contra la Trata de Personas y la Esclavitud La Strada, donde personal especializado aclarará tus dudas y te brindará orientación y apoyo. 

• Teléfono (48) 22 628 01 20.

• Línea de ayuda: (48) 22 628 99 99. 

• Teléfono de emergencia: +48 605 687 750 (incluyendo mensajes en español vía WhatsApp)

• Sitios Web: www.kcik.plwww.strada.org.pl

• Correo electrónico: [email protected].

 

Embajada de Colombia en Polonia

La Embajada está a disposición de todo nacional colombiano que lo requiera para brindar, conforme a sus atribuciones, asistencia y protección consular. 

• Correo electrónico: [email protected]  

• Teléfono: (48) 226177157

 

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